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Ius et Praxis

versión On-line ISSN 0718-0012

Ius et Praxis v.15 n.1 Talca  2009

http://dx.doi.org/10.4067/S0718-00122009000100022 

Revista Ius et Praxis, 15 (1):455-460 , 2009

Recensiones y Comentarios

 

LADIES AND GENTLEMEN OF THE JURY: GREATEST CLOSING ARGUMENTS IN MODERN LAW

Lief, Michael S., H. Mitchell Caldwell, and Ben Bycel. A Touchstone Book. Simon and Schuster. New York. 2000. 400 pp.

Iván Obando C.

Abogado. Doctor y Magíster en Ciencia Política por la Universidad Estatal de Nueva York en Albany, Diplomado en Derecho Procesal Penal por la Pontificia Universidad Católica de Valparaíso y Licenciado en Ciencias Jurídicas por la Universidad Católica de Valparaíso. Profesor en la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad de Talca. Correo electrónico: iobandoc@utalca.cl.


Si existe una sociedad en la que los abogados son admirados y odiados a la vez es la estadounidense. Basta ingresar a cualquier librería de una de sus ciudades para encontrar títulos que culpan a los abogados de todos los males sociales y otros que exaltan su papel en la obtención de la justicia social. El título que aquí se comenta pertenece a esta segunda categoría de libros y contiene una selección de los más importantes alegatos de clausura, penales y civiles, de abogados destacados de ese país, los que son analizados y reproducidos para revelar la estrategia seguida por el abogado respectivo para obtener un veredicto determinado de parte del jurado o del juez.

Los autores de esta obra son tres abogados que cuentan con una experiencia relevante en las cortes del estado de California. Michael S. Lief, un ex-editor de periódicos, es abogado senior en la oficina del Abogado de Distrito en Ventura, California. H. Mitchell Caldwell, exabogado de la oficina del Abogado de Distrito, es profesor de derecho en la Escuela de Derecho de la Universidad Pepperdine, en California. Ben Bycel es un autor, columnista y abogado especialista en ética profesional. El conjunto de sus intereses y habilidades profesionales les ha llevado ha producir una obra que trae la pasión y elocuencia del drama que se vive en las tribunales ante los ojos del lector. De esta manera, ellos revelan cómo un abogado puede ordenar, resumir y sistematizar todo lo que ocurre en un juicio oral y convertirlo en una historia persuasiva y convincente para el jurado o el juez, al punto de permitirle ganar un juicio.

En cierta medida, la existencia de una obra de esta naturaleza no es accidente en ese país. La ciencia política moderna, a través del campo del derecho público, ha llamado la atención acerca de la necesidad de estudiar el comportamiento y el proceso judicial desde la década de 1950, alimentada en gran parte por la crítica de la visión tradicional del derecho, entendida como mero descubrimiento del derecho, que alcanzó sus puntos más altos en los movimientos progresista, realista-legal y de principios neutrales del derecho, v. gr. Roosevelt, LaFollete, Holmes, Frankfurter, Cardozo, Frank y Wechsler.1

Desde este punto de vista, la ciencia política moderna sostiene que los jueces no son meros seres humanos que descubren el derecho a través de procedimientos míticos e indescifrables, sino que suelen comportarse muchas veces como verdaderos actores políticos, con actitudes, intereses y antecedentes sociales, que emplean el proceso judicial como un medio para avanzar sus puntos de vista sobre política pública, por lo que la comprensión del contexto en que se tiene lugar el proceso judicial es de primera necesidad, tanto para el científico social, como para el público más concernido con la política.

Esto es conocido de alguna manera también por los abogados litigantes en Estados Unidos, quienes invierten tiempo y dinero estudiando, junto a su equipo de asistentes, el campo de batalla en que se desenvolverá el próximo juicio, lo que no sólo incluye estudiar a los jueces, sino especialmente a los miembros del jurado. Para ello el procedimiento contempla reglas específicas, las cuales tienden a resguardar la efectividad del modo adversarial o contencioso del proceso judicial.2

Es en esta perspectiva que cobra sentido analizar los alegatos de clausura efectuados en algunos de los más importantes juicios del derecho moderno estadounidense, pues de esta manera el lector puede "colocarse en los zapatos" del abogado litigante para visualizar y comprender la estrategia desplegada con miras a obtener un veredicto determinado de jurados o jueces concretos, de carne y hueso, quienes desarrollan su labor como individuos históricos de una comunidad específica situada en el tiempo y el espacio. La circunstancia que en nuestro país no exista un sistema de jurados no constituye óbice para realizar el ejercicio anterior, toda vez que lo que interesa al abogado litigante en su alegato de clausura es persuadir al juzgador, quienquiera que sea.

La obra que aquí se comenta consta de una brevísima introducción y diez capítulos, cada uno de los cuales contiene el análisis y transcripción de un alegato de clausura distinto. La Introducción consta de dos páginas solamente. Esto se explica por el propósito de difusión que anima a los autores y el público masivo a quien va dirigida la obra. Esto también explica que la obra carezca de conclusiones, pues ella no constituye un tratado sistemático sobre retórica judicial, ni menos una investigación monográfica destinada a aumentar el conocimiento acumulado acerca del proceso judicial. Ella presenta simplemente una selección y análisis de los mejores alegatos de clausura-entre los que se encuentran disponibles- de la historia judicial reciente de los Estados Unidos. Este objetivo modesto se cumple con creces a lo largo de la obra, ya que el lector ve desfilar ante sus ojos a un grupo de abogados -algunos de fama casi mítica- que emplean diversas tácticas para persuadir a un jurado o a un juez y obtener un veredicto favorable. Lo anterior hace que esta obra sea especialmente atractiva para abogados de otras latitudes, en las que se emplea también la oralidad en los procedimientos judiciales, ya que el desafío que debe enfrentar un abogado litigante en su alegato de clausura es similar, pues "es la última oportunidad para que el abogado [...] convenza [...] por qué su versión de ¡a 'verdad'es la correcta"3

En la Introducción los autores presentan su visión de lo que constituye el alegato de clausura y del papel de los abogados litigantes. La suya es una visión tremendamente poderosa y a la vez de inspiración humanista. El alegato de clausura es "la última oportunidad del abogado para dar perspectiva, significado y contexto a la evidencia introducida durante un juicio de larga duración."4 Los abogados litigantes que desarrollan y exponen sus alegatos de clausura "representan la forma moderna más elevada de una profesión y arte antiguo: la del contador de historias. Como los vates vagabundos de antaño, el abogado debe mantener la atención de la audiencia. El abogado debe usar cada herramienta sicológica y emocional a su disposición para contar la historia de su cliente. El abogado debe usar su resumen para tocar no sólo el intelecto de los jurados, sino también sus emociones. Pero hay una diferencia vital entre los contadores de historias de ayer y los abogados de hoy. Donde el vate se sentaba a los pies del rey y entretenía, la historia que cuenta el abogado tiene el poder de enviar a los hombres a la muerte, de liberar a los inocentes y de hacer cualquier cosa a los heridos. Tal es el poder de las palabras, de la historia y del alegato de clausura"5

Los diez capítulos de que consta esta obra contienen un número similar de alegatos de clausura, cada uno de los cuales es organizado en cuatro secciones, en las que los autores ofrecen una breve introducción acerca del contexto socio-histórico del caso, una biografía del abogado que efectuó el alegato de clausura, seguido de un análisis de los aspectos tácticos y retóricos del alegato y, finalmente, la transcripción debidamente editada del alegato de clausura, en ocasiones con las interrupciones de un juez hostil a que se vio expuesto el abogado autor del alegato. Esta forma de presentación de los materiales de análisis permite entrelazar las circunstancias del momento histórico y los intereses profesionales del abogado, lo que facilita la comprensión del lector acerca del proceso judicial, sus vicisitudes y tensiones. Después de todo, no es accidente por qué algunos abogados se hacen cargo de la defensa de ciertas personas enjuicio.

El Capítulo 1, titulado "Arquitectos del genocidio", presenta el primer alegato de clausura del equipo de prosecución de los Aliados, el que trató acerca del cargo imputado a altos jerarcas nazis de haber fraguado un plan común de conspiración y la evidencia que lo respaldaba. Su autor fue el abogado jefe de dicho equipo, Robert H. Jackson, ex-abogado litigante en materia criminal y juez asociado de la Corte Suprema de los Estados Unidos. El Capítulo 2, titulado "Darrow en el banquillo", trata acerca del alegato de la defensa en el juicio por obstrucción a la justicia seguido en contra del abogado Clarence Darrow. Su autor fue el mismo Clarence Darrow, quien había hecho carrera previamente defendiendo trabajadores y sindicatos. El se dedicaría más tarde a las defensas criminales, adquiriendo notoriedad en el juicio seguido en contra del profesor John Scopes, en 1925, por haber enseñado presuntamente la teoría de la evolución en contravención de la ley estatal de Tennese: el famoso "Scopes Monkey Trial." El Capítulo 3, titulado "Desorden en la corte", contiene el alegato de la defensa en el juicio criminal seguido en contra de "Los Siete de Chicago", quienes habían sido imputados a consecuencia de los actos de protesta en contra de la Guerra de Vietnam realizados durante la Convención Demócrata de 1968, que tuvo lugar en Chicago. Su autor fue el abogado activista de izquierda William Kunstler, quien defendería más tarde a todo aquel que la opinión pública y el gobierno considerara anti-americano. El Capítulo 4, titulado "Muerte por plutonio", ofrece el alegato del demandante en el juicio por responsabilidad civil seguido en contra de la empresa Kerr-McGee, Inc., originado en la contaminación por plutonio de una trabajadora de la planta nuclear de Cimarrón, Arkansas, llamada Karen Silkwood y cuya historia personal sirvió de inspiración a la película homónima de Mike Nichols, realizada en 1983. Su autor fue el abogado Gerry Spence, figura conocida en Estados Unidos por sus apariciones frecuentes en programas televisivos sobre juicios de relevancia y cuya fama proviene del hecho de haber obtenido la condena civil más alta en primera instancia hasta ese entonces, precisamente en "Silkwood v. Kerr-McGee, Inc.": US$10.505.000.- El Capítulo 5, titulado "Leopold andLoeb", presenta el alegato de la defensa en el juicio criminal por homicidio seguido en contra de Nathan F. Leopold y Richard Loeb. Su autor fue Clarence Darrow, quien obtuvo previamente que ambos acusados se declararan culpables para evitar la condena a muerte y mitigar la severidad de una futura condena, desarmando así la estrategia del Abogado de Distrito. El Capítulo 6, titulado "No más el mundo del hombre", trata acerca del alegato de la defensa en el juicio por incendio seguido en contra un inmigrante italiano en San Francisco, California, en 1890. Su autora fue la abogado Clara Shortridge Foltz, la primera abogado admitida a la Barra de Abogados de California, quien debió hacerse cargo en su alegato de los comentarios ofensivos a su género proferidos por su contradictor. El Capítulo 7, titulado "Paz, amor y asesinato", contiene el alegato de clausura de la prosecución en el juicio criminal seguido en contra de la tristemente célebre Familia Manson, inculpada del asesinato de la actriz Sharon Tate y otros. Su autor fue el abogado Vincent Bugliosi Jr., un joven fiscal que hizo frente exitosamente uno de los casos criminales más importantes y complejos de la historia judicial reciente de California. El Capítulo 8, titulado "Justicia retrasada, pero no denegada", contiene el alegato de clausura de la prosecución en el tercer juicio criminal seguido en contra del asesino del activista de derechos civiles Medgar Evers, el que tuvo lugar casi treinta años después de acaecida la muerte de este último. Su autor fue el abogado Bobby DeLaughter, quien había sido previamente un exitoso abogado en su práctica privada y, sin embargo, asumió más tarde con éxito el cargo de fiscal en Jackson County para cumplir con lo que él estimaba la obligación social de un abogado. El Capítulo 9, titulado "Coca, mentiras y videos", trata acerca del alegato de clausura de la defensa en el juicio criminal seguido en contra del empresario John DeLorean, quien había sido inculpado de tráfico de heroína. Su autor fue el abogado Donald Re, un ex-profesor de derecho constitucional en UCLA y exitoso abogado criminalista californiano, quien ha defendido varias celebridades desde entonces. Finalmente, el Capítulo 10, titulado "Baseball, hot dogs, pie de manzana y My Lai", provee al lector del alegato de clausura de la prosecución en la corte marcial seguida en contra del Teniente William L. Calley Jr., quien había sido inculpado del asesinato premeditado de más de un centenar de civiles en la aldea vietnamita de Mi Lay, en 1968. Su autor fue el fiscal militar Capitán Aubrey M. Daniel III, quien había desarrollado previamente una carrera exitosa como abogado militar y debió enfrentar, entonces, la tarea de obtener una condena en contra de un oficial que era considerado -erróneamente, por cierto-como un héroe de guerra por una parte importante de la población estadounidense.

Diversas son las tácticas analizadas en esta obra. Dependiendo del papel del abogado, algunas parecen ser más aconsejables que otras en ciertos juicios. El ambiente local, el contexto socio-histórico y el hecho que en la mayoría de los juicios haya existido un jurado, explican en gran medida el repertorio táctico desplegado en cada caso por el abogado. Dentro de este repertorio pueden mencionarse destacar el papel del abogado en un juicio de extraordinaria relevancia, proveyendo el contexto histórico-social en que el caso tiene lugar; establecer un tema central poderoso dentro del caso, que guíe a lo largo del alegato, al cual se pueda retornar frecuentemente y que resuene fácilmente en la mente de los juzgadores, especialmente considerando que las personas no pueden retener demasiada información por largo tiempo; mantener a los juzgadores concentrados en el tema central y aclararles cuál es la evidencia meramente periférica a éste y que fue aportado por la defensa; organizar el resumen de la evidencia aportada en apoyo del caso de una manera que conduzca fácilmente a los juzgadores al resultado que se persigue; utilizar la evidencia fuerte para revelar el motivo y mentalidad del o de los imputados; elaborar cuidadosamente algunas frases que contengan, al igual que un paquete, el tema central presentado por el abogado y que puedan ser empleadas a lo largo del alegato; cambiar el foco central del juicio desde un caso basado en hechos, como usualmente lo presenta la fiscalía cuando cuenta con evidencia fuerte, a uno basado en un tema emocional poderoso, como lo suele hacer la defensa cuando su caso es vulnerable ante la evidencia; presentar el caso del defendido desde el prisma más favorable, como cuando se arguye la existencia una conspiración de parte de la fiscalía o la policía; emplear el diálogo horizontal con los juzgadores, como una manera de construir credibilidad, evitando hablarles desde abajo o desde arriba del estrado, es decir, evitar sonar como un abogado autómata; presentar teorías legales complicadas y sofisticadas en lenguaje fácilmente comprensible para los juzgadores, para lo cual pueden emplearse frases cuidadosamente elaboradas; establecer claramente que la supuesta falta de remordimiento del defendido no constituye demostración de una personalidad pérfida, sino de una naturaleza defectuosa que constituye una razón para tener compasión, lo que permite cuestionar la moralidad de la sanción más gravosa pedida por la fiscalía y colocar sobre los juzgadores la carga moral de su imposición sobre el defendido; revelar los prejuicios subyacentes al caso presentado por el contradictor, los que pueden influir en los juzgadores y, asimismo, desnudar los defectos de la defensa y los errores de la investigación, lo que permite cambiar el campo de batalla; proporcionar una explicación creíble de cada uno de los actos del defendido, cuando la fiscalía los emplea para construir su caso; mantener el foco de atención sobre las fortalezas del caso ofrecido a los juzgadores; hacer a los juzgadores confrontar la realidad de la muerte cuando se trata de un juicio por homicidio, para que de esta manera los que desean absolver deban pasar por encima de esta realidad y hacerse cargo personal de los muertos; cuando la opinión pública esté en contra o el contexto socio-histórico pueda ser adverso, la prosecución debe concentrarse en las acciones del imputado; cuando ha transcurrido demasiado tiempo desde la ocurrencia del hecho, aclarar a los juzgadores que el ultraje moral que provocan las acciones del imputado no tiene límites en el tiempo; establecer que las "buenas personas" ejecutan ciertas conductas de acuerdo a la experiencia, con el objeto de evitar que los juzgadores se identifiquen con el imputado; mostrar coraje y aplomo ante un ambiente y un tribunal hostil, especialmente considerando que otros tribunales pueden terminar revisando la causa, y al final, pero no por ello de menor importancia, escribir el borrador del alegato de clausura junto con el alegato de apertura, esto es, antes del juicio, sin despreciar necesariamente el gusto por una brevedad relativa, porque aquel será el guión que el abogado desarrollará durante el transcurso del juicio y complementará antes de efectuar el alegato de clausura.

Sin duda, el contenido de la obra reseñada en estas páginas revela que estamos en presencia de un título muy interesante y atractivo para un abogado formado en la tradición del derecho continental, siendo de tremenda actualidad para nuestro país dado el avance progresivo de la oralidad en nuestro proceso judicial. Por lo anterior, esta obra debiera ser leída por quienes participan en nuestro actual y renovado proceso judicial.


NOTAS

1 Pritchett, C. Herman, 1968. "Public Law and Judicial Behavior", Journal of Politics 30, pp. 486-489.

2 Frank, Jerome, Courts on Trial: Myth and Reality in American Justice. Princeton University Press, Princeton, 1949, p. 80.

3  Lief, Michael S., H. Mitchell Caldwell, and Ben Bycel, Ladies and Gentlemen of the Jury: Greatest Closing Arguments in Modern Law. Simon and Schuster. New York, 2000, p. 11. Traducción libre. Extracto.

4  Ibid.

5  Ibid.

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