Introducción
Los historiales clínicos odontológicos comprenden un conjunto de declaraciones firmadas por profesional y paciente y sirven como prueba en circunstancias jurídicas. Abarcan anamnesis, consenti miento libre y aclarado, evolución clínica del tratamiento, fotografías y radiografías, así como copias de recetas, certificados y otros documentos del paciente.1
El certificado es una declaración particular, sucinta y por escrito, por la que el cirujano-dentista declara que el paciente estuvo bajo sus cuidados profesionales y sus consecuencias, conllevando providencias administrativas y judiciarias relacionadas al paciente.2 Los certificados médicos y odontológicos son los únicos instru mentos legales que sirven para justificar las faltas al trabajo por motivo de enfermedad y asegurar el pago del sueldo.3
La autenticidad de los hechos certificados es crucial, pues el ciru jano-dentista puede sufrir sanciones si infringe el artículo 299, falsedad ideológica, del Código Penal Brasileño.4 Puede también estar sujeto a pena y procesos éticos impuestos por el Consejo Regional de Odontología, una vez que el Código de Ética Odontológico establece en su artículo 7 como infracción ética: XI- “proporcionar certificado que no corresponda a la veracidad de los hechos o de los cuales no haya participado”.5,6
De acuerdo con el artículo 33 de ese código, los certificados odontológicos y cualquier otro tipo de impreso odontológico deben contener el nombre completo del profesional, la profesión, en ese caso cirujano-dentista, el número de registro en el CRO5, y se deben expedir en dos copias, perteneciendo la segunda al archivo del historial clínico del paciente.1,7
Ocasionalmente, los acompañantes también necesitan certificado. En esos casos, se debe emitir una declaración de comparecencia al acompañante del menor de edad.1
Dentro de ese contexto, este estudio tuvo como objetivo analizar y comparar la cumplimentación de certificados odontológicos por estudiantes del cuarto año del curso de Odontología de una insti tución de enseñanza superior y por profesionales de cursos de especialización de esa área.
Metodología
Esta investigación es un estudio transversal, descriptivo y cuanti tativo. En el período de 2014 a 2016 se analizó la cumplimentación de certificados odontológicos por estudiantes del cuarto año del curso de Odontología y profesionales de cursos de especialización de una institución pública de enseñanza superior.
Se dejó a los encuestados una hoja de papel en blanco en cuyo encabezamiento solo constaba la palabra “Certificado”, a fin de que se elaboraran un certificado odontológico de la manera que juzgaran más adecuada.
Para el análisis de las informaciones recolectadas, se utilizó una hoja de cálculo del programa Microsoft Excel especialmente desa rrollada para este estudio. Los resultados se presentaron en frecuencias absolutas y porcentuales.
Para el análisis estadístico se realizaron el test para comparación de dos proporciones y el Test de Chi-Cuadrado, con nivel de signi ficación del 5%, utilizando el programa BioStat 5.0.8.
La investigación fue aprobada por el Comité de Ética en Investigación en Seres Humanos de la Facultad de Odontología de Araçatuba/UNESP, obedeciendo las normas éticas dispuestas en la Resolución 466/2012 del Consejo Nacional de Salud del Ministerio de Salud del Brasil. Todos los participantes firmaron el Término de Consentimiento Libre y Aclarado.
Resultados
Participaron de la investigación 336 individuos, de los que 167 (49,7%) eran estudiantes del cuarto año del curso de Odontología y 169 (50,3%), profesionales de cursos de especialización de la Facultad de Odontología de Araçatuba.
Del total de encuestados, solo 73 (21,7%) realizaron la cumplimentación correcta del certificado. Se notó que la gran mayoría de ambas categorías cumplimentó de manera incorrecta el certificado, siendo que los estudiantes tuvieron mayor número de aciertos, con dife rencia estadística significativa, conforme el gráfico 1. Además, solamente 4 (1,2%) cumplimentaron dos copias del certificado.

Gráfico 1 Análisis comparativo de los certificados odontológicos de acuerdo con la forma de cumplimentación por estudiantes y profesionales de Odontología, Araçatuba, 2017.
Una parte significativa, 126 (37,5) de los participantes informó la Clasificación Estadística Internacional de Enfermedades y Problemas Relacionados con la Salud (CIE-10) en el certificado odontológico, aunque no estaba escrito el término “a pedido del interesado”.9 Mismo sin permisión de identificación del procedimiento ejecutado durante el tratamiento odontológico, 26 (7,7%) participantes lo describieron en el certificado.
Durante la cumplimentación, más de la mitad de los encuestados (60,1%) no informó uno o más tipos de datos importantes como: fecha de la descripción del certificado (11,9%); el horario de inicio y término de la atención (4,2%); el DNI del paciente o del responsable/ acompañante (33,9%); el número de registro en el CRO o sello, incluso la firma (2,4%); y el fin específico del certificado (laboral, escuela y otros) (7,7%). También, 194 (57,7%) informaron el término “para los fines pertinentes” y 33 (9,8%) solicitaron la firma del paciente en la primera copia del certificado.
Cuando se observa la cumplimentación por los estudiantes, se nota mayor incorrección al informar el CIE-10 sin obtener la autorización del paciente. Ya en los profesionales de Odontología, se observa la falta del DNI del paciente (Gráfico 2).

Gráfico 2 Análisis comparativo de los certificados odontológicos de acuerdo con la cumplimentación incorrecta de los datos por estudiantes y profesionales de Odontología, Araçatuba, 2017.
En la tabla 1, se observa la asociación entre la forma de cumplimentación de los datos y la categoría encuestada.
Discusión
Los certificados odontológicos son documentos legales cuya redac ción y forma de ofrecimiento deben ser cuidadas por el cirujano- dentista a fin de que se eviten problemas judiciales.1 Legalmente, la Ley 5.081, de 24 de agosto de 196610, la que regula el ejercicio profesional, dispone en su artículo sexto, párrafo III, como siendo de competencia del cirujano-dentista “atestiguar, en el sector de su actividad profesional, estados mórbidos y otros”. Sin embargo, fue solamente el 30 de junio de 1975 que la Ley 6.215 cambió la redacción de ese ítem a: artículo sexto, párrafo III - “atestiguar, en el sector de su actividad profesional, estados mórbidos y otros, incluso para justificar ausencias laborales”.11 Esa alteración reconoce la importancia del estado mórbido de competencia odontológica como factor de absentismo.12
El profesional deberá emitir el certificado exclusivamente en caso concreto de atención, una vez que la ley no permite la emisión del documento por motivo gratuito, o sea, sin que el paciente no tenga el problema de salud. La falta de veracidad en sus afirmaciones podrá ocasionar al profesional imputación de falsedad ideológica, crimen previsto en el artículo 299 del Código Penal Brasileño (Ley 2.848): Pena - reclusión de uno a tres años. Si se comete el crimen con fines de lucro, se le aplica al profesional también una multa.4 Para la correcta cumplimentación de un certificado odontológico, se debe dividirlo en algunas partes. La primera es aquella relativa a las cualificaciones del profesional, la que ya es parte del recetario impreso y en el que se va a redactar el certificado.13
En la segunda parte deberá constar la calificación del paciente, su identificación y la finalidad a que se destina el certificado, es decir, para fines laborales, escolares, deportivos o militares, pudiendo incluirse la información de que el certificado se elaboró a pedido del interesado. Se destaca que, segundo el CEO - Centro de Especialidades Odontológicas -, no se debe usar el término gené rico “para los fines pertinentes”.5,14 En este estudio, una parte de los encuestados no informó la finalidad del certificado y, así, utilizó dicho término.
Tras haber informado todos esos datos, el cirujano-dentista aun deberá declarar en el certificado que el paciente estuvo bajo sus cuidados profesionales, sin especificar la naturaleza de la atención. Si hay la necesidad de que se exponga el diagnóstico, como por ejemplo, por exigencia del empleador, deberá utilizarse la CIE-10 delante autorización y firma del paciente. Aún así no es permitido revelar los procedimientos ejecutados.
Hasta la quinta revisión de la CIE, sólo se le añadían nuevas enfer medades si ésas causaban muerte. Después de la sexta revisión, la CIE se tornó una clasificación que incluye todas las enfermedades y no solamente aquellas que llevan a la muerte.15
La resolución 1.819/2007 del Consejo Federal de Medicina prohíbe la inclusión de la CIE-10 en los certificados médicos en casos de que puedan provocar prejuicio. El artículo 102 del Código de Ética Médica afirma que el médico no puede revelar la enfermedad del paciente sin su autorización previa. Así se entiende que el certifi cado se deberá aceptar en las empresas con o sin la CIE-10.16 El departamento de recursos humanos de las empresas deberá estar fundamentado por esa legislación, a fin de que la empresa no tenga problemas judiciales de daños morales por no aceptar los certificados médicos u odontológicos de sus empleados.
Una parte de los encuestados describió el tipo de procedimiento ejecutado durante el tratamiento odontológico del paciente e informó la CIE-10 sin hacer constar el término “a pedido del inte resado”. En la investigación de Garbin y colaboradores12, se observó que la mayoría de los cirujanos-dentistas describía en el certificado el acto practicado. Ya en otro estudio, gran parte no informó la CIE-10 referente al motivo de la ausencia al trabajo, sugiriendo que ese hecho puede haber causado la no aceptación del certificado por la empresa.3
Esas evidencias sugieren el desconocimiento sobre el secreto profe sional, o de la CIE-10, el que se estableció para que los profesio nales del área de la salud pudieran comunicarse sin describir el tratamiento realizado y sin romper el sigilo profesional.17
A continuación, el certificado debe tener una breve conclusión referente a sus consecuencias (imposibilidad de comparecencia al trabajo; que el paciente estuvo bajo sus cuidados profesional dentro de un límite de hora; y sobre la necesidad de reposo por determinado tiempo). La fecha y el horario de atención al paciente deben ser exactos. En esta investigación, parte de los encuestados no informó el horario de tratamiento del paciente, lo que puede afectar el profesional de Odontología en caso de que ocurra algún acto ilícito por parte del paciente en el día certificado. El profe sional puede ser considerado cómplice del acto y responder en juicio por él.
Finalmente, todo documento debe tener local y fecha de emisión, firma del cirujano-dentista responsable, nombre del profesional, profesión y número del registro en el CRO impresos por un sello.17 Es necesario hacer copia carbonada o emisión en dos copias con rúbrica del paciente en la segunda, la que será archivada en su historial.17 En este estudio, una ínfima parte de los encuestados emitió la segunda copia del certificado, y muchos solicitaron que el paciente firmara la primera copia, justo la que será del proprio paciente.
Se observaron diversos errores durante la cumplimentación de los certificados por estudiantes y profesionales. Sin embargo, los profesionales de Odontología tuvieron mayor número de cumplimentaciones incorrectas, lo que sugiere un hábito desfavorable desarrollado a lo largo del tiempo de la práctica profesional, sea por prisa o desprecio a detalles del certificado. Los estudiantes, a su vez, ya habían tomado una asignatura en la que se les enseñaba la correcta redacción de las documentaciones odontológicas.
Conclusión
Se concluye que una parte considerable de los encuestados cumpli mentaron los certificados odontológicos de manera incorrecta. Comparativamente, los estudiantes de Odontología se equivocaran menos en la cumplimentación que los profesionales.
La negligencia de los cirujanos-dentistas en la cumplimentación de esos documentos es preocupante, pues puede, asimismo, llevarlos a juicio.